4a Edición
Transparencia, autonomía y resultados.
Descargar informe 4a ediciónÚltima actualización: 14 de marzo del 2025
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG), en 2023, los costos por corrupción en México se estimaron en casi 12 mil MDP. 1
México ocupa el lugar 12 de 15 en el Índice de Capacidad para Combatir la Corrupción (CCC) 2023, reflejando mayores dificultades para combatir la corrupción. 2
México obtuvo un puntaje de 26/100 en el Índice de Percepción de Corrupción 2024, lo que representa una caída de 5 puntos respecto al puntaje que mantuvo durante los tres años previos. 3
En el Índice de Estado de Derecho 2024, México se ubica en el puesto 118 de 142, evidenciando deficiencias en la aplicación de la ley y la rendición de cuentas. 4
En México, 56% de la población considera que la corrupción ha aumentado, debilitando la confianza en el gobierno. 5
En la 1a investigación, se comparó el nivel de autonomía de las fiscalías con base en 12 indicadores internacionalmente aceptados y su relación con los resultados.
Datos recabados de los años:
2019 y 2020
En la 2a investigación, se incorporaron nuevas unidades de análisis relacionadas con las distintas formas anticipadas de concluir los procesos penales.
Datos recabados de los años:
2021
En la 3a investigación, tomando provecho de la información recopilada en años anteriores, se integró un análisis de estadística descriptiva e inferencial.
Datos recabados de los años:
2022
En la 4a investigación, se mantuvo la metodología, ampliando el análisis con datos de 2023 para fortalecer la comparabilidad y evaluar el desempeño de las fiscalías.
Datos recabados de los años:
2023
Desde noviembre de 2022, ocho titulares de fiscalías anticorrupción han renunciado anticipadamente.
Las fiscalías con mayores presupuestos reportados en 2022, Federal y Estado de México, no respondieron a la solicitud de información del ejercicio 2023.
Quintana Roo sigue siendo la fiscalía más eficaz en recuperación de activos.
Coahuila y Chihuahua, las fiscalías con el mayor puntaje de autonomía, no presentaron los mejores resultados en combate a la corrupción, pues solo lograron dos sentencias condenatorias y resolvieron solo un 15% de carpetas de investigación a favor del combate de la corrupción.
Conoce el estudio
Se presentaron solicitudes de información pública a las 33 fiscalías por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia. Lamentablemente, no conseguimos respuesta de todas.
Consulta la evidenciaLa segunda edición comenzó con una solicitud de información mediante correo electrónico personalizado a las titulares de las fiscalías anticorrupción. Como solo contestaron 13, se presentó la solicitud por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia a las 20 restantes.
Consulta la evidenciaEn la 3a edición, se presentó una solicitud de información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, siendo estos los resultados en la calidad de la información.
Consulta la evidenciaEn la 4a edición, se envió una solicitud de información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.
La fiscalía de Puebla es la única que ha mantenido la clasificación verde en las cuatro ediciones, mientras que la de Nayarit resalta por no haber respondido a ninguna de las solicitudes de información.
Desempeño de las fiscalías respecto a la edición anterior:
Fiscalías que mejoraron:
Fiscalías que empeoraron:
Comunicaciones formales a la Fiscalía Anticorrupción que se ha cometido un delito por hechos de corrupción.
Indagaciones realizadas por las fiscalías, ante el conocimiento de un posible delito, para verificar que se cometió y reunir evidencia para su persecución.
Conjunto de evidencias y actuaciones que constituyen el registro de la investigación que realizan las fiscalías.
Se determina por el MP antes de la audiencia inicial, cuando los antecedentes del caso establecen que no se puede continuar con la investigación, por las siguientes causas: el hecho no se cometió, el hecho cometido no es un delito, la inocencia del imputado es clara, el imputado está exento de responsabilidad penal, no se cuenta con los elementos suficientes para una acusación, extinción de la acción penal, una reforma que elimina el delito, el hecho fue discutido en otro proceso penal, o muerte del imputado.
La carpeta se podrá archivar provisionalmente, si los indicios son insuficientes para esclarecer los hechos, se puede reabrir.
Atribución del Ministerio Público que aplica si los hechos relatados en la denuncia o querella no son clasificados como delito o cuando los antecedentes y datos suministrados permiten establecer que se encuentra imposibilitado de lograr una sanción porque se venció el tiempo.
El criterio de oportunidad, consiste en la posibilidad de que el Ministerio Público se abstenga de ejercer la acción penal, siempre que se hayan reparado o garantizado los daños causados a la víctima u ofendido.
Son mecanismos establecidos por ley, que bajo ciertos presupuestos legales de procedencia, ponen término a un procedimiento, sin necesidad de que el asunto sea conocido en un juicio. Entre los medios alternativos a la vía jurisdiccional se encuentran: la conciliación y la mediación.
Acto mediante el cual, en una audiencia ante un Juez de Control, se informa a la persona el delito que se le imputa y su calidad de autor de la conducta delictiva.
Es cuando el ministerio público presenta una imputación ante un Juez de Control, en contra de una persona presuntamente responsable de la comisión de un delito.
Resolución emitida por un juez de control, instruye que se continúe con el proceso y la investigación, cuando existen indicios razonables de la comisión de un delito y probabilidad de que la persona imputada lo haya cometido.
Salida alterna a fin de que la persona inculpada pueda terminar su proceso penal cumpliendo con un plan de reparación del daño. Una vez cumplido esto, concluirá la causa penal.
Derecho del imputado de concluir anticipadamente el proceso penal cuando el acusado admite su responsabilidad y efectúe la reparación del daño a la víctima u ofendido.
Aquellas sentencias que comprueben los elementos del cuerpo del delito y la responsabilidad del sentenciado imponiendo, como consecuencia, una pena.
Acceso a la información
Denuncias
Presupuesto
Montos recuperados
Investigaciones de oficio
Carpetas de investigación
Sentencias condenatorias
Archivos temporales
No ejercicio de la acción penal
Abstención de investigar
Judicialización
Medios Alternativos de Solución de Controversias
Suspensión condicional del proceso
Reparación del daño
Se otorgue autonomía constitucional a las fiscalías anticorrupción, pues su pertenencia a las fiscalías generales les resta capacidad de decisión.
Se regule un proceso de nombramiento del Fiscal Anticorrupción convocatoria pública, proceso de oposición, participación ciudadana y la participación de al menos dos actores o poderes públicos.
Se establezcan mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía mediante comparecencias públicas.
Para facilitar la cooperación institucional entre las fiscalías en el combate a la corrupción se recomienda la expedición de un Código Penal Nacional.
Preparación de los fiscales en materia procesal, de apelación y amparo, para evitar que las sentencias condenatorias se evadan de la ejecución.
Se defina un perfil de la personas titulares de las fiscalías anticorrupción que defina trayectoria, experiencia en combate a la corrupción, buen nombre y reputación, demostrar conocimientos por medio de evaluaciones, entre otros.
Se establezca un Servicio Profesional de Carrera sólido, específico y claro regulado en la Ley Orgánica de la Fiscalía.
Se prevea un régimen especial para evitar los conflictos de intereses. Preparación de los fiscales en temas de extinción de dominio y recuperación de activos, así como celebrar convenios con las unidades de inteligencia financiera para el intercambio de información.